De conformidad con lo previsto en el art. 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de la MODIFICACIÓN DE ORDENANZA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS DE LA CIUDAD DE MÁLAGA se sustancia consulta pública a los efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
El Ayuntamiento de Málaga pretende modificar el artículo 14 de la vigente Ordenanza para la Prestación del Servicio de Transporte Colectivo de Viajeros, concretamente el cuadro tarifario de las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias, en aras de adaptarlo a la realidad económica actual y mantener la sostenibilidad del servicio. La modificación contempla un incremento moderado del título de transporte de billete sencillo y actualización de los tramos de pensión establecidos para el acceso a cada una de las modalidades de la tarjeta oro de acuerdo con los incrementos de pensiones aplicados en España en los últimos años. Esta propuesta se fundamenta en las circunstancias económicas y sociales que han impactado en el sector del transporte público durante los últimos años. La propuesta fue aprobada por el Consejo de Administración de la empresa municipal de transportes (EMTSAM) en su sesión ordinaria de fecha 14 de marzo de 2025, y será elevada al Pleno del Excmo. Ayuntamiento para su aprobación definitiva
Por ello, la sometemos a consulta pública a través de este portal.
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