Los objetivos de la norma

-1. Facilitar y precisar los conceptos de funcionamiento en lo que respecta al dictado de las órdenes de ejecución y obligaciones del deber de conservación, incluyendo las novedades más relevantes de las modificaciones legales tales como el plazo de tramitación, sentido del silencio y modos de iniciación del procedimiento.

-2. En lo que respecta a la inspección técnica de las edificaciones, se pretende una reducción del área de actuación exceptuando el suelo rustico del municipio de la obligación de presentar el informe.

-3. Someter el patrimonio protegido a una revisión periódica más severa y exigente a fin de conservar sus valores histórico-artísticos y prestando en lo posible un mayor nivel de calidad mediante la optimización, mejora y agilidad de la tramitación.

-4. Incorporar la obligación de presentación junto al informe de conservación de las edificaciones las exigencias relativas al certificado de eficiencia energética y de grado de cumplimiento de la normativa de accesibilidad.

-5. Recoger el modelo oficial del Informe de Inspección Técnica así como todos sus anexos para la correcta presentación del mismo.