De conformidad con lo previsto en el art. 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, se sustancia nuevo trámite de audiencia, a través de este Portal de Participación Ciudadana, a los efectos de recabar la opinión de los ciudadanos afectados y de otras personas o entidades
Nota: Quienes no tengan residencia en el municipio de Málaga podrán presentar sus aportaciones en el apartado Propuestas Ciudadanas
Documentación adicional
22/08/2024 • Sin comentarios • • Toda la ciudad
Leyendo la ordenanza, nada hace ver que la Ley 7/2022 obligue a imponer a la ciudadanía una tasa tan desproporcionadamente alta y que duplica la que ya pagamos en el IBI.