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Artículo 10 apartado C es INACEPTABLE.

Inma Beltrán Inma Beltrán  •  04/07/2024  •  Sin comentarios

Código de la Iniciativa Popular: MLG-2024-07-62

Empadronamiento de 1 año en un período de 3 años para la adjudicación. Conlleva a la especulación y permite el acceso a personas de otras provincias o comunidades usando suelo público provincial.

Lo expuesto en  el artículo 10  apartado "C" es un despropósito y tremendamente injusto para los que residimos en Málaga y estamos por  supuesto, empadronados. Lo que pretende ese  apartado, da  derecho a  personas que hayan  trabajado o pasado una temporada en Málaga  y le guste el  estilo de vida pueda tener acceso a vivienda. Es decir,  estuve aquí  hace  3 años, me  empadorné ese año y dos años después tengo el  privilegio de  poderme  mudar a la costa del  sol. Pero el que a alguien  le aptezca mudarse y cambiar de aires no es una NECESIDAD, sino una preferencia. Este hecho, no viene a resolver el problema de acceso a la vivienda en Málaga como consecuencia de la especulación inmobialiaria para los  malagueños, en  cuyo  caso no es una preferencia sino una NECSIDAD y un DERECHO. Esto se viene a resumir en que  Málaga ya no es para los malgueños. En Málaga cabe todo el mundo, pero  los  malagueños sobramos. Me parece que a todas luces  es un apartado DISCRIMINATORIO. La función del concejal de vivienda de  la provincia de  Málaga es  resolver el  problema del acceso y el derecho de los que viviemos  aquí permanentemente, no servir de agencia inmobiliaria para que personas que no residen  aquí  puedan  instalarse en  Málaga porque  simplemente les APETECE, a un precio  más asequible pues se usan fondos públicos provinciales (se construyen  en  suelo  píblico  cedido por el  ayuntamiento).