De conformidad con lo previsto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el fin de mejorar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general, se sustancia el trámite de audiencia e información pública a través de este Portal de Participación Ciudadana, con objeto de recabar la opinión de la ciudadanía afectada, así como las aportaciones que puedan formular otras personas, entidades, organizaciones o asociaciones interesadas, en relación con el “Anteproyecto de Reglamento del Servicio Público de Bicicletas Eléctricas de la ciudad de Málaga”.
Información adicional
Objetivos de Desarrollo Sostenible y Metas a que se corresponde Asimismo, la iniciativa contribuye al cumplimiento de diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, en los siguientes términos: ODS 3. Salud y bienestar La regulación del Servicio Público Municipal de Bicicletas Eléctricas de Pedaleo Asistido de la ciudad de Málaga contribuye a la mejora de la salud pública mediante el fomento de la actividad física, la promoción de una movilidad activa, saludable y de bajas emisiones, la reducción de la siniestralidad vial mediante el establecimiento de condiciones de uso seguro y la disminución de los efectos negativos de la contaminación atmosférica y acústica sobre la salud de la población. Metas relacionadas: – 3.6: Reducción del número de accidentes de tráfico. → Establecimiento de normas de uso, condiciones de seguridad, obligaciones de las personas usuarias, prohibiciones, medidas operativas de control, cobertura aseguradora y régimen de responsabilidad orientadas a reforzar la seguridad en la utilización del servicio. – 3.9: Disminución de las enfermedades derivadas de la contaminación ambiental. → Fomento del uso de medios de transporte no contaminantes, reducción del tráfico motorizado en el entorno urbano y contribución a los objetivos municipales vinculados a la mejora de la calidad ambiental y la disminución de la congestión urbana. ODS 9. Industria, innovación e infraestructuras El servicio de bicicletas eléctricas forma parte de la infraestructura de movilidad urbana sostenible y contribuye a la modernización del sistema de transporte mediante la incorporación de tecnologías avanzadas de gestión y control del servicio, incluyendo sistemas de acceso digital, identificación, geolocalización, monitorización, trazabilidad, interoperabilidad, información en tiempo real y gestión de incidencias. Metas relacionadas: – 9.1: Desarrollo de infraestructuras fiables, sostenibles y resilientes. → Implantación de estaciones de bicicletas eléctricas, anclajes, puntos de estacionamiento, sistemas de bloqueo, recarga, identificación, señalización, información y seguridad, integrados en el sistema urbano de transporte. – 9.4: Modernización de las infraestructuras mediante la incorporación de tecnologías limpias y eficientes. → Uso de bicicletas eléctricas de bajas emisiones y sistemas digitales de gestión, geolocalización y control del servicio, así como de herramientas de validación, pago, trazabilidad, interoperabilidad, supervisión municipal y atención a las personas usuarias. ODS 10. Reducción de las desigualdades La regulación del servicio contribuye a garantizar el acceso equitativo a un medio de transporte público, compartido, asequible y complementario del transporte colectivo, favoreciendo la inclusión social, la accesibilidad universal y la conectividad urbana entre barrios, equipamientos, nodos de transporte y áreas de actividad. Metas relacionadas: – 10.2: Promoción de la inclusión social, económica y política de todas las personas. → Establecimiento de condiciones de acceso al servicio, modalidades de abono, posibles bonificaciones, criterios de no discriminación, facilidad de uso, atención a las personas usuarias e integración con otros sistemas de movilidad que favorezcan su utilización por distintos colectivos. ODS 11. Ciudades y comunidades sostenibles El servicio de bicicletas eléctricas constituye un elemento clave del sistema de movilidad urbana sostenible, contribuyendo a la mejora de la accesibilidad, la intermodalidad, la conectividad urbana, la reducción de la congestión, la reducción del impacto ambiental y la calidad del espacio público. Metas relacionadas: – 11.2: Proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles. → Regulación del servicio como transporte público complementario, accesible y de bajas emisiones, integrado en la red municipal de movilidad, compatible con el transporte público colectivo y orientado a desplazamientos cotidianos de corta y media distancia. – 11.6: Reducción del impacto ambiental negativo de las ciudades. → Disminución del uso del vehículo privado y mejora de la calidad del aire mediante el fomento de la movilidad eléctrica y activa, la reducción de emisiones contaminantes, la disminución de la congestión urbana y el uso más eficiente del espacio público. ODS 13. Acción por el clima La iniciativa contribuye a la lucha contra el cambio climático mediante la promoción de modos de transporte de bajas emisiones y la reducción de gases contaminantes en el entorno urbano, en coherencia con las políticas municipales de transición ecológica, eficiencia energética, Zona de Bajas Emisiones, movilidad sostenible y mejora de la calidad ambiental. Metas relacionadas: – 13.2: Integración de medidas relativas al cambio climático en las políticas locales. → Impulso de sistemas de movilidad sostenibles basados en el uso de bicicletas eléctricas como alternativa al transporte motorizado, favoreciendo el cambio modal, la reducción de la dependencia del vehículo privado y la integración del servicio en la planificación municipal de movilidad sostenible. ODS 16. Paz, justicia e instituciones sólidas El proceso de elaboración del Reglamento, mediante consulta pública previa, refuerza la transparencia, la participación ciudadana y la calidad normativa. Asimismo, el Reglamento establece un marco claro de organización, funcionamiento, utilización, control, responsabilidad, régimen sancionador, atención a las personas usuarias, protección de datos y mejora continua del servicio. Metas relacionadas: – 16.6: Desarrollo de instituciones eficaces, responsables y transparentes. → Regulación clara y sistemática del servicio público, con definición de derechos y obligaciones, condiciones de utilización, régimen económico, medidas de control, procedimiento sancionador, trazabilidad, atención de reclamaciones y garantías de protección de datos personales y seguridad de la información. – 16.7: Garantía de decisiones inclusivas, participativas y representativas. → Incorporación de mecanismos de consulta pública y participación ciudadana en la elaboración de la norma, con consideración de aportaciones relativas a la facilidad de uso, aplicación móvil, modalidades de abono, disponibilidad horaria, intermodalidad, comunicación de incidencias, seguridad de las zonas de estacionamiento, cobertura aseguradora, identificación de las personas usuarias y medidas frente al uso indebido, deterioro del material o reincidencia. ODS 17. Alianzas para lograr los objetivos La implantación y gestión del servicio permite la articulación de fórmulas de colaboración institucional y, en su caso, de cooperación público-privada. No obstante, el servicio se configura en régimen de gestión directa municipal, sin perjuicio de que determinadas prestaciones materiales, técnicas, tecnológicas, logísticas, de mantenimiento, atención a las personas usuarias o soporte funcional puedan ejecutarse mediante contratos, encargos, convenios u otros instrumentos jurídicos procedentes, manteniéndose en todo caso la titularidad, dirección, planificación, supervisión y control municipal del servicio. Metas relacionadas: – 17.16: Fortalecer las alianzas entre administraciones públicas. → Integración del servicio en el sistema de movilidad urbana y coordinación con otras políticas públicas, especialmente en materia de movilidad sostenible, Zona de Bajas Emisiones, intermodalidad, transición ecológica, transformación digital, mejora de la calidad ambiental y uso eficiente del espacio público urbano. – 17.17: Fomentar alianzas eficaces en el ámbito público y público-privado. → Posibilidad de articular contratos, encargos, convenios u otros instrumentos jurídicos para la ejecución de prestaciones auxiliares, técnicas, tecnológicas, logísticas, de mantenimiento, atención a las personas usuarias o soporte funcional, sin alterar la titularidad pública municipal ni la dirección, planificación, supervisión y control del servicio por el Ayuntamiento de Málaga.
Documentación adicional
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1. Precios públicos adecuados. 2. Exclusivo para residentes en la ciudad. 3. Que fomenten dejar el coche en casa.
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