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Modificación de la Ordenanza para la Prestación de Transporte Urbano Colectivo de Viajeros en la Ciudad de Málaga

De acuerdo con la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, queremos saber tu opinión y contar con tus aportaciones sobre la Modificación de la Ordenanza para la Prestación de Transporte Urbano Colectivo de Viajeros en la Ciudad de Málaga

Por ello, la sometemos a Fase de Audiencia a través de este portal.

Nos interesa mucho tu opinión, en especial sobre:

La Ordenanza actual es de 27 de abril del año 1990 acordada por el Pleno Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Málaga. Se trata de adaptar el texto reglamentado y normativo del servicio público de transporte al objeto de hacerlo corresponder con la realidad social y organizativa y de otro, en aras a ampliar el colectivo que puede resultar beneficiado de las bonificaciones de los títulos de viaje que conllevan subvención por parte del Excmo. Ayuntamiento.

La propuesta de modificación conlleva principalmente una Ampliación de los requisitos de la Tarjeta Oro, incluyendo como personas beneficiarias de las mismas a las personas discapacitadas con un grado reconocido igual o mayor de 65% y, por otra parte, se incrementa el umbral económico de las pensiones hasta los 1.270€, fijándose el importe máximo de pensión hasta los 900 € para poder acceder de forma totalmente gratuita a la Tarjeta Oro, de 900€ a 1.270€ para beneficiarse de la bonificación de la Tarjeta Oro 10, pudiendo solicitar el resto de las personas con pensiones superiores a 1270€ la bonificación de la Tarjeta Oro 27, lo que posibilita que un mayor número de personas se beneficien de las condiciones de estos títulos de transporte.

  • 10. Reducción de las Desigualdades

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