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13 Acción Por el Clima

El 2019 fue el segundo año más caluroso de todos los tiempos y marcó el final de la década más calurosa (2010-2019) que se haya registrado jamás.

Los niveles de dióxido de carbono (CO2) y de otros gases de efecto invernadero en la atmósfera aumentaron hasta niveles récord en 2019.

El cambio climático está afectando a todos los países de todos los continentes. Está alterando las economías nacionales y afectando a distintas vidas. Los sistemas meteorológicos están cambiando, los niveles del mar están subiendo y los fenómenos meteorológicos son cada vez más extremos.

A pesar de que se estima que las emisiones de gases de efecto invernadero caigan alrededor de un 6 % en 2020 debido a las restricciones de movimiento y las recesiones económicas derivadas de la pandemia de la COVID-19, esta mejora es solo temporal. El cambio climático no se va a pausar. Una vez que la economía mundial comience a recuperarse de la pandemia, se espera que las emisiones vuelvan a niveles mayores.

Es necesario tomar medidas urgentes para abordar tanto la pandemia como la emergencia climática con el fin de salvar vidas y medios de subsistencia.

El Acuerdo de París, aprobado en 2015, aspira a reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático manteniendo el aumento global de la temperatura durante este siglo muy por debajo de 2 grados Celsius con respecto a los niveles preindustriales. El acuerdo también aspira a reforzar la capacidad de los países para lidiar con los efectos del cambio climático mediante flujos financieros apropiados, un nuevo marco tecnológico y un marco de desarrollo de la capacidad mejorado.

Propuestas de Gobierno

Proceso

Audiencia sobre “ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DEL SERVICIO DE TAXI DE MÁLAGA Y DE TRANSPORTES TURÍSTICOS EN LA CIUDAD DE MÁLAGA”.

La Modificación de la Ordenanza Municipal del Servicio de Taxi de Málaga y de Transportes Turísticos en la ciudad de Málaga resulta necesaria y oportuna por un conjunto de razones normativas, organizativas, sociales, tecnológicas y de movilidad urbana que justifican la intervención pública conforme a los principios establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La iniciativa normativa parte de la necesidad de actualizar integralmente la Ordenanza Municipal del Servicio de Taxi de Málaga, adaptando el régimen municipal del servicio público de taxi a la evolución tecnológica del sector, a los nuevos sistemas de intermediación digital, a las exigencias de calidad, seguridad jurídica, accesibilidad y protección de las personas usuarias, así como a la experiencia acumulada en la aplicación de la normativa vigente. Asimismo, la modificación incorpora en la misma Ordenanza un régimen jurídico específico para los transportes turísticos urbanos en la ciudad de Málaga, atendida su incidencia sobre la movilidad urbana, el tráfico, la seguridad vial, la protección peatonal y el uso del dominio público. Con ello se pretende delimitar estas actividades respecto del servicio público de taxi y establecer un marco municipal de intervención que permita ordenar, cuando proceda, itinerarios, paradas, horarios y condiciones de prestación por razones de interés público. Finalmente, la iniciativa aprovecha esta revisión normativa para incorporar un marco específico para la innovación, el desarrollo tecnológico, los proyectos piloto, las pruebas técnicas y las experiencias experimentales en el ámbito del taxi y de los transportes turísticos urbanos, de forma que dichas actuaciones puedan desarrollarse en condiciones de seguridad, temporalidad, control administrativo y coordinación con las Administraciones sectoriales competentes. En consecuencia, la modificación resulta oportuna en el actual contexto de transformación de la movilidad urbana, diversificación de los modelos de prestación, evolución del marco jurídico aplicable y necesidad de reforzar la transparencia, la participación ciudadana, la sostenibilidad, la competencia leal, la seguridad jurídica y el uso ordenado del espacio público en el municipio de Málaga. Durante la consulta pública previa prevista en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, sustanciada a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, se recabó la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos perseguidos y las posibles alternativas regulatorias y no regulatorias. En dicho trámite, algunas aportaciones pusieron de manifiesto la conveniencia de modernizar el régimen jurídico del servicio de taxi, mejorar la calidad del servicio, ordenar la incidencia urbana de los servicios de transporte con conductor y clarificar la delimitación entre el servicio público de taxi y determinadas actividades de transporte turístico urbano. En particular, se destacó la existencia de actividades turísticas mediante vehículos con conductor, basadas en recorridos previamente establecidos, sin prestación de traslados individualizados, sin captación de personas usuarias en la vía pública y mediante contratación previa, así como la necesidad de compatibilizar dichas actividades con la movilidad urbana, la seguridad vial, la protección peatonal, la sostenibilidad ambiental, la digitalización, el fomento de la competencia y el uso ordenado del dominio público. Superada dicha fase y redactado el anteproyecto normativo, procede su sometimiento al trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, que se sustancia a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, en el siguiente enlace: https://portalparticipacion.malaga.eu/, con el fin de dar audiencia a la ciudadanía afectada y recabar las aportaciones que puedan formular las personas interesadas, entidades y organizaciones representativas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran verse afectados por la iniciativa. Este trámite, complementario de la consulta pública previa, permitirá que las personas interesadas puedan examinar el texto del Anteproyecto de modificación de la Ordenanza Municipal del Servicio de Taxi de Málaga y de Transportes Turísticos en la ciudad de Málaga. y formular las alegaciones, observaciones o sugerencias que estimen oportunas antes de su aprobación definitiva. Asimismo, posibilitará valorar las aportaciones recibidas e incorporarlas, en su caso, al texto definitivo, reforzando los principios de transparencia, participación ciudadana, seguridad jurídica y buena regulación que inspiran la elaboración de la norma.

  • 3. Salud y Bienestar
  • 8. Trabajo Decente y Crecimiento Económico
  • 9. Industria, Innovación e Infraestructuras
  • 10. Reducción de las Desigualdades
  • 11. Ciudades y Comunidades Sostenibles
  • 13. Acción Por el Clima
  • 16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  • 17. Alianzas para Lograr los Objetivos

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Audiencia sobre “ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE BICICLETAS ELÉCTRICAS DE LA CIUDAD DE MÁLAGA”

El expediente tiene por objeto la aprobación del Reglamento del Servicio Público Municipal de Bicicletas Eléctricas de Pedaleo Asistido del Ayuntamiento de Málaga, bajo la denominación “MálagaBici”, o aquella otra que pueda acordarse, cuyo fin es establecer el marco jurídico que regule la organización, funcionamiento, utilización y régimen jurídico de este servicio público municipal, integrado en el sistema de movilidad urbana sostenible del municipio. La iniciativa normativa responde a la necesidad de dotar al servicio de una regulación específica y de un marco jurídico estable y seguro, que defina sus condiciones de prestación, los derechos y obligaciones de las personas usuarias, el régimen tarifario, las condiciones de acceso, el sistema de control e inspección y el régimen de responsabilidades y sanciones, garantizando una prestación homogénea, segura, eficiente, accesible, sostenible y orientada a la protección del interés general, así como la adecuada utilización de los bienes e infraestructuras afectos al sistema. El Reglamento se enmarca en las políticas municipales de movilidad urbana sostenible, transición ecológica, transformación digital, intermodalidad y mejora de la calidad ambiental, configurando MálagaBici como una infraestructura estratégica de movilidad pública y como un modo complementario de transporte urbano destinado a facilitar desplazamientos cotidianos de corta y media distancia mediante bicicletas eléctricas de pedaleo asistido. Con ello se persigue fomentar el uso de la bicicleta eléctrica como alternativa al vehículo privado motorizado, favorecer la intermodalidad con el transporte público, mejorar la conectividad entre barrios, equipamientos, nodos de transporte y áreas de actividad, reducir las emisiones contaminantes y la congestión urbana, y promover un uso racional y eficiente del espacio público. Durante la consulta pública previa prevista en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, sustanciada a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, se recabó la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos perseguidos y las posibles alternativas regulatorias y no regulatorias. En dicho trámite, algunas aportaciones pusieron de manifiesto la conveniencia de que el sistema disponga de canales eficaces para comunicar desperfectos, averías o incidencias en las bicicletas, así como de mecanismos adecuados de control, trazabilidad e identificación de las personas usuarias, con el fin de garantizar la seguridad, el correcto uso del servicio, la protección de los bienes adscritos al sistema y la eventual exigencia de responsabilidades en caso de utilización indebida. Superada dicha fase y redactado el anteproyecto normativo, procede su sometimiento al trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, que se sustancia a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, en el siguiente enlace: https://portalparticipacion.malaga.eu/, con el fin de dar audiencia a la ciudadanía afectada y recabar las aportaciones que puedan formular las personas interesadas, entidades y organizaciones representativas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran verse afectados por la iniciativa. Este trámite, complementario de la consulta pública previa, permitirá que las personas interesadas puedan examinar el texto del Anteproyecto de Reglamento del Servicio Público de Bicicletas Eléctricas de la ciudad de Málaga y formular las alegaciones, observaciones o sugerencias que estimen oportunas antes de su aprobación definitiva. Asimismo, posibilitará valorar las aportaciones recibidas e incorporarlas, en su caso, al texto definitivo, reforzando los principios de transparencia, participación ciudadana, seguridad jurídica y buena regulación que inspiran la elaboración de la norma.

  • 3. Salud y Bienestar
  • 9. Industria, Innovación e Infraestructuras
  • 10. Reducción de las Desigualdades
  • 11. Ciudades y Comunidades Sostenibles
  • 13. Acción Por el Clima
  • 16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  • 17. Alianzas para Lograr los Objetivos

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13.1
Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en todos los países.
13.2
Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales.
13.3
Mejorar la educación, la sensibilización y la capacidad humana e institucional respecto de la mitigación del cambio climático, la adaptación a él, la reducción de sus efectos y la alerta temprana.
13.A
Cumplir el compromiso de los países desarrollados que son partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de lograr para el año 2020 el objetivo de movilizar conjuntamente 100.000 millones de dólares anuales procedentes de todas las fuentes a fin de atender las necesidades de los países en desarrollo respecto de la adopción de medidas concretas de mitigación y la transparencia de su aplicación, y poner en pleno funcionamiento el Fondo Verde para el Clima capitalizándolo lo antes posible.
13.B
Promover mecanismos para aumentar la capacidad para la planificación y gestión eficaces en relación con el cambio climático en los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, haciendo particular hincapié en las mujeres, los jóvenes y las comunidades locales y marginadas.
Este objetivo no tiene metas localizadas