De conformidad con lo previsto en el art. 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 7.2 de la Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones (BOP 19 mayo 2009), con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de la revisión del Mapa Estratégico de Ruido de la aglomeración de Málaga IV Fase, se sustancia consulta pública a los efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Quien no tenga su residencia en el municipio de Málaga podrá presentar sus aportaciones en el apartado "Propuestas Ciudadanas"
Documentación adicional