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Acceso Zona ZBE a propietarios o arrendatarios de viviendas, garajes o locales

F.Saez F.Saez  •  12/01/2024  •  Sin comentarios

Código de la Iniciativa Popular: MLG-2024-01-31

Permitir el acceso a la Zona de Bajas Emisiones a los propietarios o arrendatarios de viviendas, plazas de garaje o locales que se encuentren en su interior, aunque no estén domiciliados en el IVTM.

En las Zonas de Especial Protección (ZEP) se permite la entrada a vehículos asociados a residentes, propietarios o arrendatarios de viviendas, plazas de garaje o locales comerciales (Sección 3ª. Artículo 17. Punto 4). En cambio, en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) no se permite la entrada de vehículos (etiqueta B o sin etiqueta) que no estén domiciliados en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad de Málaga (Sección 2ª. Artículo 15). Según se ha diseñado, las ZEP están en en interior de la ZBE por lo los que los residentes, propietarios o arrendatarios de viviendas, plazas de garaje o locales comerciales cuyos vehículos (etiqueta B o sin etiqueta) no estén domiciliados en el IVTM en Málaga no podrían tampoco acceder a las ZEP. De esta manera, sería razonable permitir el acceso a la Zona de Bajas Emisiones a los vehículos (sin etiqueta o con cualquier etiqueta) de los residentes, propietarios o arrendatarios de viviendas, plazas de garaje o locales comerciales, al igual que ocurre en las Zonas de Especial Protección.