La necesidad y oportunidad de su aprobación

La modificación que se pretende viene motivada por la necesidad de incorporar la novedad legislativa introducida por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que ha modificado la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, al objeto de incluir las prestaciones de servicios como mecanismo para colaborar con las entidades beneficiarias del mecenazgo y coadyuvar al cumplimiento de los fines de interés general perseguidos por éstas.

Por otro lado, es conveniente regular la duración de los convenios de patrocinio, de manera que puedan ajustarse a la duración de la actividad patrocinada, cumpliendo así con la previsión normativa que permite la Ley 40/2015 para excepcionar la duración general de los convenios.