Volver

17 Alianzas para Lograr los Objetivos

Los ODS solo se pueden conseguir con asociaciones mundiales sólidas y cooperación.

Para que un programa de desarrollo se cumpla satisfactoriamente, es necesario establecer asociaciones inclusivas (a nivel mundial, regional, nacional y local) sobre principios y valores, así como sobre una visión y unos objetivos compartidos que se centren primero en las personas y el planeta.

Muchos países requieren asistencia oficial para el desarrollo con el fin de fomentar el crecimiento y el comercio. Aun así, los niveles de ayuda están disminuyendo y los países donantes no han respetado su compromiso de aumentar la financiación para el desarrollo.

Debido a la pandemia de la COVID-19, se espera que la economía mundial se contraiga fuertemente, en un 3 %, en 2020, lo que constituiría su peor recesión desde la Gran Depresión.

Ahora más que nunca es necesaria una sólida cooperación internacional con el fin de garantizar que los países que poseen los medios para recuperarse de la pandemia reconstruyan mejor y consigan los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Propuestas de Gobierno

Proceso

Audiencia sobre “ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DEL SERVICIO DE TAXI DE MÁLAGA Y DE TRANSPORTES TURÍSTICOS EN LA CIUDAD DE MÁLAGA”.

La Modificación de la Ordenanza Municipal del Servicio de Taxi de Málaga y de Transportes Turísticos en la ciudad de Málaga resulta necesaria y oportuna por un conjunto de razones normativas, organizativas, sociales, tecnológicas y de movilidad urbana que justifican la intervención pública conforme a los principios establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La iniciativa normativa parte de la necesidad de actualizar integralmente la Ordenanza Municipal del Servicio de Taxi de Málaga, adaptando el régimen municipal del servicio público de taxi a la evolución tecnológica del sector, a los nuevos sistemas de intermediación digital, a las exigencias de calidad, seguridad jurídica, accesibilidad y protección de las personas usuarias, así como a la experiencia acumulada en la aplicación de la normativa vigente. Asimismo, la modificación incorpora en la misma Ordenanza un régimen jurídico específico para los transportes turísticos urbanos en la ciudad de Málaga, atendida su incidencia sobre la movilidad urbana, el tráfico, la seguridad vial, la protección peatonal y el uso del dominio público. Con ello se pretende delimitar estas actividades respecto del servicio público de taxi y establecer un marco municipal de intervención que permita ordenar, cuando proceda, itinerarios, paradas, horarios y condiciones de prestación por razones de interés público. Finalmente, la iniciativa aprovecha esta revisión normativa para incorporar un marco específico para la innovación, el desarrollo tecnológico, los proyectos piloto, las pruebas técnicas y las experiencias experimentales en el ámbito del taxi y de los transportes turísticos urbanos, de forma que dichas actuaciones puedan desarrollarse en condiciones de seguridad, temporalidad, control administrativo y coordinación con las Administraciones sectoriales competentes. En consecuencia, la modificación resulta oportuna en el actual contexto de transformación de la movilidad urbana, diversificación de los modelos de prestación, evolución del marco jurídico aplicable y necesidad de reforzar la transparencia, la participación ciudadana, la sostenibilidad, la competencia leal, la seguridad jurídica y el uso ordenado del espacio público en el municipio de Málaga. Durante la consulta pública previa prevista en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, sustanciada a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, se recabó la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos perseguidos y las posibles alternativas regulatorias y no regulatorias. En dicho trámite, algunas aportaciones pusieron de manifiesto la conveniencia de modernizar el régimen jurídico del servicio de taxi, mejorar la calidad del servicio, ordenar la incidencia urbana de los servicios de transporte con conductor y clarificar la delimitación entre el servicio público de taxi y determinadas actividades de transporte turístico urbano. En particular, se destacó la existencia de actividades turísticas mediante vehículos con conductor, basadas en recorridos previamente establecidos, sin prestación de traslados individualizados, sin captación de personas usuarias en la vía pública y mediante contratación previa, así como la necesidad de compatibilizar dichas actividades con la movilidad urbana, la seguridad vial, la protección peatonal, la sostenibilidad ambiental, la digitalización, el fomento de la competencia y el uso ordenado del dominio público. Superada dicha fase y redactado el anteproyecto normativo, procede su sometimiento al trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, que se sustancia a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, en el siguiente enlace: https://portalparticipacion.malaga.eu/, con el fin de dar audiencia a la ciudadanía afectada y recabar las aportaciones que puedan formular las personas interesadas, entidades y organizaciones representativas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran verse afectados por la iniciativa. Este trámite, complementario de la consulta pública previa, permitirá que las personas interesadas puedan examinar el texto del Anteproyecto de modificación de la Ordenanza Municipal del Servicio de Taxi de Málaga y de Transportes Turísticos en la ciudad de Málaga. y formular las alegaciones, observaciones o sugerencias que estimen oportunas antes de su aprobación definitiva. Asimismo, posibilitará valorar las aportaciones recibidas e incorporarlas, en su caso, al texto definitivo, reforzando los principios de transparencia, participación ciudadana, seguridad jurídica y buena regulación que inspiran la elaboración de la norma.

  • 3. Salud y Bienestar
  • 8. Trabajo Decente y Crecimiento Económico
  • 9. Industria, Innovación e Infraestructuras
  • 10. Reducción de las Desigualdades
  • 11. Ciudades y Comunidades Sostenibles
  • 13. Acción Por el Clima
  • 16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  • 17. Alianzas para Lograr los Objetivos

Ver proceso

Proceso

Audiencia sobre “ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE BICICLETAS ELÉCTRICAS DE LA CIUDAD DE MÁLAGA”

El expediente tiene por objeto la aprobación del Reglamento del Servicio Público Municipal de Bicicletas Eléctricas de Pedaleo Asistido del Ayuntamiento de Málaga, bajo la denominación “MálagaBici”, o aquella otra que pueda acordarse, cuyo fin es establecer el marco jurídico que regule la organización, funcionamiento, utilización y régimen jurídico de este servicio público municipal, integrado en el sistema de movilidad urbana sostenible del municipio. La iniciativa normativa responde a la necesidad de dotar al servicio de una regulación específica y de un marco jurídico estable y seguro, que defina sus condiciones de prestación, los derechos y obligaciones de las personas usuarias, el régimen tarifario, las condiciones de acceso, el sistema de control e inspección y el régimen de responsabilidades y sanciones, garantizando una prestación homogénea, segura, eficiente, accesible, sostenible y orientada a la protección del interés general, así como la adecuada utilización de los bienes e infraestructuras afectos al sistema. El Reglamento se enmarca en las políticas municipales de movilidad urbana sostenible, transición ecológica, transformación digital, intermodalidad y mejora de la calidad ambiental, configurando MálagaBici como una infraestructura estratégica de movilidad pública y como un modo complementario de transporte urbano destinado a facilitar desplazamientos cotidianos de corta y media distancia mediante bicicletas eléctricas de pedaleo asistido. Con ello se persigue fomentar el uso de la bicicleta eléctrica como alternativa al vehículo privado motorizado, favorecer la intermodalidad con el transporte público, mejorar la conectividad entre barrios, equipamientos, nodos de transporte y áreas de actividad, reducir las emisiones contaminantes y la congestión urbana, y promover un uso racional y eficiente del espacio público. Durante la consulta pública previa prevista en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, sustanciada a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, se recabó la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos perseguidos y las posibles alternativas regulatorias y no regulatorias. En dicho trámite, algunas aportaciones pusieron de manifiesto la conveniencia de que el sistema disponga de canales eficaces para comunicar desperfectos, averías o incidencias en las bicicletas, así como de mecanismos adecuados de control, trazabilidad e identificación de las personas usuarias, con el fin de garantizar la seguridad, el correcto uso del servicio, la protección de los bienes adscritos al sistema y la eventual exigencia de responsabilidades en caso de utilización indebida. Superada dicha fase y redactado el anteproyecto normativo, procede su sometimiento al trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, que se sustancia a través del Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga, en el siguiente enlace: https://portalparticipacion.malaga.eu/, con el fin de dar audiencia a la ciudadanía afectada y recabar las aportaciones que puedan formular las personas interesadas, entidades y organizaciones representativas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran verse afectados por la iniciativa. Este trámite, complementario de la consulta pública previa, permitirá que las personas interesadas puedan examinar el texto del Anteproyecto de Reglamento del Servicio Público de Bicicletas Eléctricas de la ciudad de Málaga y formular las alegaciones, observaciones o sugerencias que estimen oportunas antes de su aprobación definitiva. Asimismo, posibilitará valorar las aportaciones recibidas e incorporarlas, en su caso, al texto definitivo, reforzando los principios de transparencia, participación ciudadana, seguridad jurídica y buena regulación que inspiran la elaboración de la norma.

  • 3. Salud y Bienestar
  • 9. Industria, Innovación e Infraestructuras
  • 10. Reducción de las Desigualdades
  • 11. Ciudades y Comunidades Sostenibles
  • 13. Acción Por el Clima
  • 16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  • 17. Alianzas para Lograr los Objetivos

Ver proceso

Ver todos los procesos
17.1
Fortalecer la movilización de recursos internos, incluso mediante la prestación de apoyo internacional a los países en desarrollo, con el fin de mejorar la capacidad nacional para recaudar ingresos fiscales y de otra índole.
17.2
Velar por que los países desarrollados cumplan plenamente sus compromisos en relación con la asistencia oficial para el desarrollo, incluido el compromiso de numerosos países desarrollados de alcanzar el objetivo de destinar el 0,7% del ingreso nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo de los países en desarrollo y entre el 0,15% y el 0,20% del ingreso nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo de los países menos adelantados; se alienta a los proveedores de asistencia oficial para el desarrollo a que consideren la posibilidad de fijar una meta para destinar al menos el 0,20% del ingreso nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo de los países menos adelantados.
17.3
Movilizar recursos financieros adicionales de múltiples fuentes para los países en desarrollo.
17.4
Ayudar a los países en desarrollo a lograr la sostenibilidad de la deuda a largo plazo con políticas coordinadas orientadas a fomentar la financiación, el alivio y la reestructuración de la deuda, según proceda, y hacer frente a la deuda externa de los países pobres muy endeudados a fin de reducir el endeudamiento excesivo.
17.5
Adoptar y aplicar sistemas de promoción de las inversiones en favor de los países menos adelantados.
17.6
Mejorar la cooperación regional e internacional Norte-Sur, Sur-Sur y triangular en materia de ciencia, tecnología e innovación y el acceso a estas, y aumentar el intercambio de conocimientos en condiciones mutuamente convenidas, incluso mejorando la coordinación entre los mecanismos existentes, en particular a nivel de las Naciones Unidas, y mediante un mecanismo mundial de facilitación de la tecnología.
17.7
Promover el desarrollo de tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia, divulgación y difusión a los países en desarrollo en condiciones favorables, incluso en condiciones concesionarias y preferenciales, según lo convenido de mutuo acuerdo.
17.8
Poner en pleno funcionamiento, a más tardar en 2017, el banco de tecnología y el mecanismo de apoyo a la creación de capacidad en materia de ciencia, tecnología e innovación para los países menos adelantados y aumentar la utilización de tecnologías instrumentales, en particular la tecnología de la información y las comunicaciones.
17.9
Aumentar el apoyo internacional para realizar actividades de creación de capacidad eficaces y específicas en los países en desarrollo a fin de respaldar los planes nacionales de implementación de todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluso mediante la cooperación Norte-Sur, Sur-Sur y triangular.
17.10
Promover un sistema de comercio multilateral universal, basado en normas, abierto, no discriminatorio y equitativo en el marco de la Organización Mundial del Comercio, incluso mediante la conclusión de las negociaciones en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo.
17.11
Aumentar significativamente las exportaciones de los países en desarrollo, en particular con miras a duplicar la participación de los países menos adelantados en las exportaciones mundiales de aquí a 2020.
17.12
Lograr la consecución oportuna del acceso a los mercados libre de derechos y contingentes de manera duradera para todos los países menos adelantados, conforme a las decisiones de la Organización Mundial del Comercio, incluso velando por que las normas de origen preferenciales aplicables a las importaciones de los países menos adelantados sean transparentes y sencillas y contribuyan a facilitar el acceso a los mercados.
17.13
Aumentar la estabilidad macroeconómica mundial, incluso mediante la coordinación y coherencia de las políticas.
17.14
Mejorar la coherencia de las políticas para el desarrollo sostenible.
17.15
Respetar el margen normativo y el liderazgo de cada país para establecer y aplicar políticas de erradicación de la pobreza y desarrollo sostenible.
17.16
Mejorar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible, complementada por alianzas entre múltiples interesados que movilicen e intercambien conocimientos, especialización, tecnología y recursos financieros, a fin de apoyar el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en todos los países, particularmente los países en desarrollo.
17.17
Fomentar y promover la constitución de alianzas eficaces en las esferas pública, público-privada y de la sociedad civil, aprovechando la experiencia y las estrategias de obtención de recursos de las alianzas.
17.18
De aquí a 2020, mejorar el apoyo a la creación de capacidad prestado a los países en desarrollo, incluidos los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, para aumentar significativamente la disponibilidad de datos oportunos, fiables y de gran calidad desglosados por ingresos, sexo, edad, raza, origen étnico, estatus migratorio, discapacidad, ubicación geográfica y otras características pertinentes en los contextos nacionales.
17.19
De aquí a 2030, aprovechar las iniciativas existentes para elaborar indicadores que permitan medir los progresos en materia de desarrollo sostenible y complementen el producto interno bruto, y apoyar la creación de capacidad estadística en los países en desarrollo.
Este objetivo no tiene metas localizadas